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RESOLUCIÓN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2020

MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL DE 29 DE ABRIL DE 2020

25/09/2020
RESOLUCIÓN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2020

La autorización de comercialización y uso tendrá vigencia desde el 29 de abril hasta el 14 de agosto de 2020, ambos inclusive, excepto para la Comunidad autónoma de Castilla La Mancha que será desde el 23 de septiembre al 31 de diciembre de 2020, ambos inclusive.

CONDICIONES DE USO:

 

- Productos fitosanitarios formulados a base de lambda cihalotrin 0,24% [GR] P/P, autorizados únicamente en las provincias de Ávila, León, Segovia, Valladolid y Zamora de la Comunidad autónoma de Castilla y León y las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo de la Comunidad autónoma de Castilla La Mancha.

- Cultivos:

  • PUERRO: provincias de Ávila, León, Segovia y Valladolid.
  • CEBOLLA: provincias de Ávila, León, Segovia, Valladolid, Zamora, Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.

- Uso: Tratamientos insecticidas.

- Plaga/enfermedad:

  • Delia antiqua,
  • Lepidoptera: Noctuidae (Agrotis spp.),
  • Coleoptera: Melolonthidae (Melolontha spp.), Elatedirae (Agriotes spp.)

- Dosis: 17-25 kg/ha.

- Nº aplicaciones: 1

- Aplicación: Aplicar enterrando el producto con las semillas durante la siembra o con los plantones durante la plantación.

- Plazo de seguridad: NP.

Para leer la resolución completa, pulse aquí: MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL_LAMBDA CIHALOTRIN.pdf