APLICACIONES AUTORIZADAS
Tratamientos herbicidas para su aplicación en franjas o de manera localizada:
- En todas las especies vegetales: en cultivos leñosos de porte no rastrero de más de 3-4 años en aplicación dirigida; esta restricción no afecta a frutales, siempre que estén protegidos hasta una altura de 30 cm del suelo, como mínimo.
En cultivos no leñosos en pre o postemergencia cuando tengan una altura suficiente para efectuar el tratamiento entre líneas con pantalla localizadora.
- En márgenes de cultivos y acequias: para el control de malas hierbas gramíneas y dicotiledóneas, tanto anuales como perennes, en postemergencia de las mismas.
Puede utilizarse para la supresión de rebrotes en la base del tronco de cultivos leñosos (principalmente en cítricos, frutales y olivo).
MODO DE EMPLEO
Aplicar en pulverización a baja presión a la dosis de 3-5 L/ha para el control de malas hierbas anuales y de 5 L/ha para el control de perennes dependiendo del estado de crecimiento y especie de mala hierba a combatir, aunque las perennes pueden requerir una segunda aplicación al rebrote.
Para controlar rebrotes en la base del tronco, aplicar a la dosis de 2,4%, mojándolos en toda su longitud.